Accesibilidad – Vivienda

La vivienda accesible o adaptada reúne las condiciones técnicas y espaciales que facilitan su uso de forma autónoma y cómoda.
Desniveles

En las viviendas para personas usuarias de sillas de ruedas no deben existir desniveles que no se salven con rampa, ascensor o aparato elevador especial.

Pasillos

Los pasillos deben tener anchura suficiente para permitir los desplazamientos y maniobras en sillas de ruedas delante de las puertas. La anchura mínima regulada para la vivienda accesible es igual a 1,10 m. Aunque el pasillo puede tener estrechamientos estos no deben producirse delante de las puertas o en cambios de dirección de pasillos.

Puertas

Las puertas deben permitir el paso de personas en sillas de ruedas: las dimensiones mínimas reguladas (anchura por altura) son 0,85 m por 2,00 m en la entrada a la vivienda adaptada y 0,80 m por 2,00 m en las puertas interiores.

Para facilitar las maniobras, a ambos lados de las puertas debe existir un espacio horizontal libre de obstáculos y del abatimiento de las puertas, donde se pueda inscribir un círculo de 1,20 m de diámetro.

Si disponen de dispositivo para su bloqueo (cierre, pestillo, etc.) deben poder desbloquearse desde el exterior.

Mecanismos

Los interruptores, enchufes, válvulas y llaves de corte, cuadros eléctricos, intercomunicadores, mecanismos de apertura y cierre de carpintería, etc., deben ser accesibles.

Espacios exteriores

Las terrazas deben disponer de un espacio donde se pueda inscribir un círculo de 1,20 m de diámetro, y la carpintería debe quedar enrasada con el pavimento o con resaltos no superiores a 5 cm.

Otros espacios exteriores, como jardines, también serán accesibles, disponiendo de itinerarios sin peldaños y pavimento firme, sin piezas ni elementos sueltos, como gravas o arenas, de forma que se permita su disfrute.

Dormitorio y otras estancias

En general, las estancias deben ser espaciosas.

Para permitir el giro de 360º a una persona en sillas de ruedas, en cada estancia debe existir un espacio donde se pueda inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro libre de obstáculos, considerando el amueblamiento y fuera del abatimiento de las puertas.

Además, en la disposición del mobiliario se tendrá en cuenta el espacio necesario de aproximación y uso por personas en sillas de ruedas.

En los dormitorios existirá además un espacio de aproximación y transferencia en un lado de la cama y un espacio de paso a los pies de la cama de anchura mínima igual a 0,90 m.

Las cocinas y los baños deben cumplir una serie de condiciones que se desarrollan en los elementos «Cocinas » y «Baños»